by Sandra Leis
April 01, 2010
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El 31 de agosto de 2009, el panel de arbitraje de la Organización Mundial del Comercio (OMC) emitió una decisión que establece la cantidad de medidas que Brasil puede aplicar contra EUA por su incumplimiento con la decisión de la OMC. El panel también autorizo contramedidas mediante la suspensión de los derechos de propiedad intelectual, pero solo si las subvenciones alcanzan un umbral. calculado mediante una fórmula compleja y en la cantidad que supere dicho umbral. El Gobierno brasileño publicó la orden ejecutiva nº 482, el 10 de febrero de 2010, que es una medida preparatoria para la aplicación de contramedidas cruzadas mediante la suspensión de derechos de propiedad intelectual. Esta orden ejecutiva no está adaptada al conflicto específico entre EUA y Brasil, sino a cualquier diferencia que pueda autorizar la suspensión de los derechos de propiedad intelectual en vista del incumplimiento de las regias de la OMC.
Entre las posibilidades previstas en la orden ejecutiva se encuentran la suspensión de remesas de royalties; la suspensión o limitación de los derechos de propiedad intelectual; câmbios en la aplicación, la adquisición y mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual; licencias obligatorias; el pago de tasas más altas para la adquisición o mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual. EI término derechos de propiedad intelectual incluye las marcas, patentes, derechos de autor, indicaciones geográficas, diseños industriales, información no divulgada, esquemas de trazado de circuitos integrados, software y variedades de plantas.
Además, el 8 y 15 de marzo la Cámara de Comercio Exterior publicó dos Resoluciones: la Resolución nº 15 indica los productos originarios de los EUA que deberán sufrir una sobretasa y la Resolución nº 16 indica las posibles medidas que afectan derechos de propiedad intelectual de individuos o personas jurídicas estadounidenses, abriendo un plazo de 20 días para que el público se pronuncie sobre esas medidas. Todos sabemos de la importancia de la protección de la propiedad intelectual para los EUA. Por lo tanto, la mejor manera de presionar al gobierno de este país a cambiar su programa de subvenciones y cumplir las decisiones de la OMC es tocar su punto débil, que es la propiedad intelectual.
La estrategia de Brasil parece estar funcionando, ya que, mientras tanto, antes que los plazos previstos en las Resoluciones números 15 y 16 se agotasen, una misión diplomática de EUA llegó a Brasil para intentar negociaciones y evitar que se pongan en práctica las medidas propuestas. De esa manera, los plazos previstos para la implementación de las contramedidas, sea en el área de productos, sea en el área de propiedad intelectual. fueran prorrogados para que los dos gobiernos tengan más tiempo para negociar. Hay que acompañar el desarrollo del tema con interés pues que en la historia de las disputas ante la OMC nunca hubo un caso de aplicación efectiva de contramedidas en el área de propiedad intelectual.